¿Qué
es una comisión de seguridad e higiene?
Es
un organismo que se establece para investigar las causas de los accidentes en
los centros de trabajo, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se
cumplan.
¿Cuántos
miembros deben integrar una comisión?
La
norma 019-STPS 2004 estipula un número preciso de miembros:
Cuando se tienen de 1 a 14 trabajadores
- Coordinador
- Secretario
Y cuando se tienen de 15 trabajadores en delante
- Coordinador
- Secretario
- Vocales
Nota: la comisión estará
integrada por igual número de representantes, por parte del patrón y de
los trabajadores.
¿Quiénes
designan a los miembros de una comisión?
El
patrón designara a sus representantes, y los trabajadores a los suyos a través
del sindicato titular del contrato colectivo; en caso de no existir sindicato,
los trabajadores elegirán sus representantes por votación directa.
¿Qué
actividades realizan?
Las actividades que deben
realizar los integrantes de las comisiones de seguridad e higiene son las siguientes.
- Investigar
las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo, de acuerdo a los
elementos que les proporcione el patrón y otros que estimen necesarios.
- Vigilar
el cumplimiento de las disposiciones de este reglamento, de las normas aplicables
y de las relacionadas con aspectos de seguridad, higiene y medio ambiente
de trabajo, que se encuentren establecidas en los reglamentos interiores
de trabajo, y hacer constar en las actas de recorrido respectivas las
violaciones que en su caso existan.
- Proponer
al patrón medidas preventivas e higiene en el trabajo, basadas en la
normatividad y en experiencias operativas en la materia.
- Las
demás que establezca la norma correspondiente (Nom-019-STPS-2004).
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